Reformas Clave al Biess y Cuestionamientos
La ley implementa cambios en la gestión del Banco del IESS (Biess), pero uno de los puntos más cuestionados por la oposición es el que faculta al banco a realizar operaciones de crédito utilizando parte de sus activos.
- Operaciones de Reporto y Créditos: Se faculta al Biess a realizar operaciones de reporto y a gestionar o aceptar créditos con entidades financieras nacionales o extranjeras. Para instrumentar estas operaciones, el Banco podrá utilizar o pignorar parte del portafolio de inversiones que administra.
- Mecanismo de Control: La norma exige un análisis técnico de riesgo y una planificación de liquidez previos a la realización de estas operaciones.
- Venta de Cartera Vencida: Se permite al Biess realizar operaciones de venta de cartera vencida (hipotecaria, prendaria o quirografaria).
- Retorno de Fondos Complementarios: La ley también regula el retorno de los fondos complementarios previsionales cerrados a sus partícipes.
Cambios en la Designación de Autoridades del IESS
La normativa introduce reformas a la Ley de Seguridad Social para modificar el sistema de designación y remoción de autoridades dentro del IESS:
- Remoción del Director General: Se sugiere que el Director General sea un funcionario de libre nombramiento y remoción, designado por el Consejo Directivo del IESS.
- Continuidad de Cargos: Las designaciones del Director General, Subdirector General y otros directores designados por el Consejo Directivo no terminarán con la finalización del periodo del presidente de la República, aunque podrán ser removidos en cualquier momento por el Consejo.
La ley, aprobada por la Asamblea el 26 de septiembre, contiene tres artículos, dos disposiciones reformatorias y dos transitorias.