El Tribunal Supremo de España ha puesto fin a un prolongado caso de fraude a la Seguridad Social, confirmando la condena a un hombre que deberá devolver 231.306,91 euros al Instituto Social de la Marina (ISM). El acusado cobró mensualmente la pensión de jubilación de su padre fallecido durante 16 años, desde 1999 hasta 2015.
El fraude se originó tras un error administrativo: la antigua Caja General de Ahorros de Canarias (hoy CaixaBank) continuó recibiendo los pagos del ISM a pesar de que la viuda había notificado el deceso para solicitar su pensión de viudedad. Meses después, el hijo se incorporó como cotitular de la cuenta y, a sabiendas del fallecimiento, omitió notificar la situación tanto a la Seguridad Social como al banco.
El Fallo Judicial y la Revocación del Supremo
El acusado llegó a recibir más de 317.000 euros en total, hasta que CaixaBank detectó la irregularidad en 2015. El Juzgado de Instrucción N.º 4 de Santa Cruz de Tenerife lo declaró culpable de un delito contra la Seguridad Social, imponiéndole una multa de 400.000 euros y la devolución del dinero, al concluir que “sabía que la pensión seguía ingresándose en la cuenta y se aprovechó de ello”.
Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) lo absolvió en apelación, argumentando que el origen fue un fallo interno del sistema y no un engaño directo. Sin embargo, el Tribunal Supremo revocó esa absolución al estimar el recurso de la Seguridad Social. La máxima instancia judicial dictaminó que el silencio prolongado del hijo fue “una conducta omisiva y engañosa” suficiente para constituir fraude.
La sentencia del Supremo subraya que “Ocultar un fallecimiento constituye un engaño idóneo”, ya que la Administración no tiene la obligación de verificar la supervivencia de cada pensionista mes a mes. Con esta decisión, el Supremo ratifica la obligación de devolver los más de 231.000 euros y sienta un precedente claro: no comunicar errores en el cobro de pensiones puede considerarse fraude, aun cuando el problema inicial sea un fallo burocrático.