El Ministerio del Interior emitió un recordatorio este lunes, 29 de diciembre, sobre la estricta prohibición de utilizar balizas, dispositivos luminosos o distintivos exclusivos de las instituciones estatales en automotores privados. Según la entidad, el uso indebido de estos elementos constituye una infracción administrativa que se sanciona con una multa equivalente a seis remuneraciones básicas unificadas, lo que representa un valor de 2820 dólares para el trabajador en general.
La disposición está amparada en la Ley Orgánica de Vigilancia y Seguridad Privada, la cual prohíbe expresamente a las empresas de blindaje automotriz la instalación o mantenimiento de estos sistemas en carros particulares. La cartera de Estado enfatizó que esta medida busca prevenir la suplantación de identidad oficial, garantizando que dichos elementos de identificación sean utilizados únicamente por vehículos autorizados que cumplen funciones específicas de seguridad nacional y atención de emergencias.
El comunicado oficial aclara que bajo ninguna circunstancia se permite el uso de estos dispositivos en vehículos particulares, incluyendo aquellos que cuentan con blindaje. Ante esta normativa, el Ministerio del Interior exhortó a los propietarios y prestadores de servicios a retirar de manera inmediata cualquier distintivo prohibido. Además de la multa económica, las autoridades advirtieron que el incumplimiento de estas disposiciones podría acarrear responsabilidades penales para los involucrados.








