La visa VAWA, creada bajo la Ley de Violencia contra la Mujer de 1994, permite a víctimas de violencia doméstica obtener un estatus migratorio legal en Estados Unidos sin depender de su agresor. Este beneficio está disponible para hombres y mujeres que hayan sufrido abuso físico o psicológico por parte de un cónyuge, padre o hijo ciudadano estadounidense o residente permanente legal. Los solicitantes deben demostrar una relación calificada con el agresor, haber vivido con él en algún momento y probar el abuso, que puede incluir violencia física, amenazas, abuso psicológico o sexual, aislamiento social o económico.
Para calificar, los solicitantes deben estar en Estados Unidos al momento de presentar la solicitud, a menos que el agresor sea un funcionario del gobierno o militar estadounidense y el abuso haya ocurrido en el extranjero. También se requiere buen carácter moral, presumido automáticamente en menores de 14 años, pero los mayores deben demostrarlo, por ejemplo, con antecedentes penales limpios. Los solicitantes presentan el Formulario I-360 para la autopetición y, si se aprueba, el Formulario I-485 para ajustar su estatus a residente permanente. La confidencialidad está garantizada, protegiendo la información del solicitante frente al agresor.
No hay límite anual de visas VAWA, a diferencia de la visa U, y ciertos motivos de inadmisibilidad, como entrada ilegal o ser carga pública, no aplican. El proceso, que puede tomar de 16 a 21 meses, permite a las víctimas, incluidos cónyuges, hijos menores de 21 años solteros o padres de ciudadanos estadounidenses, buscar una tarjeta verde de manera independiente. Se recomienda consultar con un abogado de inmigración para navegar este proceso complejo y asegurar la presentación adecuada de pruebas.