julio 15, 2025 | Actualizado ECT
julio 15, 2025 | Actualizado ECT

Asamblea Nacional sancionará con multas a legisladores por apagar cámaras en sesiones virtuales

Reformas del CAL establecen descuentos por ausencias, atrasos y desconexiones injustificadas.

Escrito por Abel Cano

julio 15, 2025 | 09:42 ECT

El Consejo de Administración Legislativa (CAL) aprobó reformas al reglamento de multas que sancionan a asambleístas con un día de remuneración por apagar la cámara durante sesiones virtuales del pleno o comisiones, considerándolo falta injustificada. También se multará con un día de sueldo por ausencias o desconexiones sin justificación.

Atrasos de 10 minutos se sancionan, y si superan los 20 minutos, se descuenta el 35% del salario diario. Faltas justificadas incluyen enfermedad con certificado médico, calamidad doméstica (fallecimiento, accidente o enfermedad grave de familiares cercanos), siniestros graves o delitos contra el asambleísta o su familia, y comisiones autorizadas por la presidencia. La privación de libertad no es excusa válida, y el suplente asumirá provisionalmente.

El CAL también reglamentó sesiones virtuales, permitiendo teletrabajo solo por fuerza mayor o emergencias nacionales, locales o institucionales. Las sesiones serán telemáticas o semipresenciales, con fondos virtuales institucionales obligatorios. Solo asambleístas del exterior podrán conectarse desde fuera de Ecuador.

El teletrabajo emergente, autorizado por el CAL, no altera condiciones laborales ni justifica terminación de contratos. Las reformas buscan garantizar disciplina y transparencia en las sesiones legislativas, presenciales o virtuales.

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