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octubre 31, 2025 | Actualizado ECT
octubre 31, 2025 | Actualizado ECT

Audiencia en Quito por la destitución de vocal alterna del IESS

Mercy Maldonado fue separada del cargo el 17 de octubre. Su defensa argumenta que se aplicó erróneamente la LOSEP en lugar de lo estipulado en la Ley de Seguridad Social, ya que su cargo fue de elección.

Escrito por Abel Cano

octubre 31, 2025 | 09:20 ECT

Este viernes, 31 de octubre, a las 10:00, se llevará a cabo una audiencia pública en la Unidad Judicial de Quitumbe, en Quito, por la acción de protección interpuesta por Mercy Maldonado Galarza, exvocal alterna de los asegurados ante el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

Maldonado fue notificada de su destitución el pasado 17 de octubre y asegura que su remoción fue una represalia por sus observaciones.

“Las acciones arbitrarias ejecutadas en mi contra se producen como consecuencia de haber observado en las últimas sesiones del Consejo Directivo del IESS las irregularidades para el proceso de compra de medicamentos bajo emergencia nacional”, declaró la exvocal.

Argumentos Legales sobre la Remoción

Henry Llanes, presidente del Frente Nacional por un Nuevo IESS, quien participará en la audiencia como amicus curiae, sostiene que la remoción de Maldonado se realizó mediante un proceso normativo incorrecto.

  • Aplicación Errónea: Llanes argumenta que se aplicaron erróneamente disposiciones de la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP, artículos 47 y 105), que se refieren a servidores de libre nombramiento o remoción de período fijo.
  • Norma Aplicable: El dirigente sostiene que estas disposiciones no aplican, ya que la designación de Maldonado fue mediante un proceso de elección calificado por la Superintendencia de Bancos. La norma que rige la remoción debería ser el artículo 29 de la Ley de Seguridad Social, que establece la pérdida de calidad de miembro del Consejo Directivo solo por renuncia, muerte, incapacidad o inhabilidad superveniente.

Además, Llanes señaló que la notificación de la remoción fue realizada por una funcionaria del IESS de rango inferior a la del Consejo Directivo y el director general del IESS, lo que añade otra capa de irregularidad al proceso.

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