El denominado caso Caja Chica, que investiga un presunto financiamiento irregular de la campaña presidencial de la Revolución Ciudadana (RC) en 2023 con fondos provenientes de Venezuela, ha fracturado la cúpula del correísmo. La fiscalía indaga una estructura de delincuencia organizada y lavado de activos que involucra a figuras como Rafael Correa, Andrés Arauz y Luisa González. Sin embargo, más allá de la pugna política, el caso ha reactivado el análisis técnico sobre el Código de la Democracia y el alcance de las responsabilidades legales de los dirigentes frente a los recursos electorales.
Mientras Luisa González cuestiona la ausencia de la prefecta Marcela Aguiñaga en las investigaciones, Aguiñaga se ampara en la normativa vigente, alegando que la presidencia de un partido no implica el control financiero de una candidatura específica. La ley ecuatoriana es clara al diferenciar los roles administrativos de los políticos, concentrando la vigilancia en quienes firman la liquidación de cuentas y quienes lideran la lista o binomio.
Responsabilidades según el Código de la Democracia
| Artículo | Actor Responsable | Obligación Legal |
| Art. 217 | Responsable Económico | Recibir, registrar y justificar cada aporte. Emitir comprobantes obligatorios. |
| Art. 224 | Candidato y Jefe de Campaña | Responsabilidad Solidaria: Responden junto al financiero por la administración de fondos. |
| Art. 219 | Toda la estructura | Prohibición absoluta de recibir recursos ilícitos o de personas jurídicas privadas. |
| Art. 230 | Responsable Económico | Presentar balance consolidado y origen de fondos tras el sufragio. |
La “Responsabilidad Solidaria” y el rol del Candidato
Uno de los puntos más críticos de la ley es el artículo 224, que rompe la tesis de que el candidato es un sujeto ajeno al manejo del dinero. La norma establece una responsabilidad compartida entre el responsable financiero, el jefe de campaña y el propio candidato (o binomio). Esto significa que, ante la ley electoral, el candidato es garante de la licitud de los recursos que sostienen su promoción. En contraste, la figura del presidente del movimiento político no aparece como responsable automático, a menos que se demuestre su participación directa en el buró de campaña o el manejo de las cuentas.
Investigación por lavado y financiamiento externo
La Fiscalía General del Estado busca determinar si el dinero utilizado en 2023 evadió los controles del Consejo Nacional Electoral (CNE). Los allanamientos a las viviendas de González, Patricio Chávez y Suad Manssur apuntan a recabar indicios sobre el flujo de capitales que, según la hipótesis fiscal, habrían ingresado desde el exterior. El artículo 219 veta drásticamente cualquier financiamiento que no provenga de personas naturales ecuatorianas o residentes, lo que coloca al caso Caja Chica en el terreno de las infracciones penales graves, más allá de las sanciones administrativas que el Tribunal Contencioso Electoral pudiera imponer.








