El caso judicial contra la obstétrica Nilda Bomila Civale de Álvarez se ha convertido en un precedente en Argentina, al ser uno de los primeros fallos en abordar la apropiación y venta de recién nacidos como delitos que no prescriben. La partera fue condenada por sustraer, ocultar y suprimir la identidad de tres bebés entre 1969 y 1978 en sus consultorios de González Catán y Ramos Mejía, provincia de Buenos Aires.
El Tribunal Oral Federal N.º 2 de San Martín dictó la primera sentencia en 2012 con una pena de 12 años, que luego fue reducida a 7 años de prisión por la Cámara de Casación Penal en 2015. Debido a su edad (supera los 90 años), la acusada cumple la condena en prisión domiciliaria en un geriátrico.
El Precedente Jurídico
La condena fue considerada un precedente jurídico relevante, ya que el Tribunal reconoció que la supresión de identidad constituye una violación que se prolonga en el tiempo mientras la víctima desconozca su origen, lo que impide la prescripción.
Las víctimas que impulsaron la causa son Andrea Fabiana Belmonte, Clara Lis Pereyra y Patricia Guadalupe Uriondo, quienes descubrieron en la adultez que sus partidas de nacimiento habían sido adulteradas. El Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) fue clave para establecer los vínculos con la partera.
Durante el juicio, testigos declararon que la acusada percibía grandes sumas de dinero por los recién nacidos, equivalentes al valor de un automóvil en aquella época. Aunque se comprobaron tres casos, se desconoce la cifra total de bebés vendidos o registrados irregularmente.
A pesar de las pruebas, Civale de Álvarez no admitió responsabilidad, declarando: “Soy inocente y nunca quise hacer daño”.








