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octubre 1, 2025 | Actualizado ECT
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Contribuyentes mantienen remisión de intereses del SRI mientras no se publique fallo de la Corte Constitucional

A pesar de que la Corte Constitucional (CC) declaró inconstitucional la Ley Orgánica de Integridad Pública, la remisión de intereses y multas del SRI sigue activa, ya que la sentencia solo surtirá efecto “hacia el futuro” desde su publicación en el Registro Oficial.

Escrito por Abel Cano

septiembre 30, 2025 | 12:49 ECT

La declaratoria de inconstitucionalidad de la Ley Orgánica de Integridad Pública (LOIP) por parte de la Corte Constitucional (CC) el pasado 26 de septiembre generó dudas sobre la vigencia de la amnistía tributaria en el Servicio de Rentas Internas (SRI).

Vigencia y Efectos de la Remisión

  • Sin Retroactividad: La sentencia de la CC establece que los efectos generales, que incluyen la remisión tributaria, aplicarán “hacia el futuro” desde su publicación en el Registro Oficial. Por lo tanto, mientras la sentencia no esté publicada, la remisión sigue vigente.
  • Beneficio Mantenido: Abogados y el propio SRI han aclarado que las personas, naturales y jurídicas, que accedan a la amnistía tributaria antes de la publicación no tendrán que reliquidar sus deudas ni pagar intereses, multas o recargos.
  • Comunicado del SRI: En un comunicado emitido el lunes 30 de septiembre, el SRI precisó que los pagos realizados desde el 26 de junio de 2025 (inicio de la ley) hasta la publicación de la sentencia “mantendrán el beneficio de la remisión aplicándose directamente al capital”.

La remisión, que aplica a obligaciones generadas hasta el 31 de diciembre de 2024 (excluyendo el impuesto a la renta de 2024), permitía a los contribuyentes obtener el 100% de remisión al pagar el total del capital. También se permitía el pago parcial en cuotas hasta el 31 de diciembre de 2025.

El SRI estimaba que la amnistía atraería a 82.000 contribuyentes y recaudaría más de $100 millones. Sin embargo, la entidad aún no ha detallado cuántos contribuyentes se acogieron al beneficio ni qué sucederá con aquellos que pactaron pagos a cuotas y no terminaron de pagar el capital antes de la publicación de la sentencia.

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