El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (Homeland Security) hizo pública una nota diplomática enviada a la Cancillería ecuatoriana el 16 de julio de 2025, donde se propone un acuerdo para el “traslado digno, seguro y temporal” de ciudadanos de terceros países que se encuentran en Estados Unidos y han solicitado protección internacional.
Puntos Clave del Acuerdo Propuesto:
- Objetivo: Establecer un mecanismo para el traslado temporal a Ecuador de personas que no son ecuatorianas ni estadounidenses y que temen regresar a su país de origen.
- Mecanismo de Traslado: No es automático. Estados Unidos podrá proponer el traslado a su discreción, y Ecuador podrá aceptar o rechazar cada propuesta también a su discreción, funcionando bajo un proceso caso por caso.
- Prohibición de Devolución: Ecuador se compromete a no devolver a ninguna persona trasladada a su país de origen mientras tenga una solicitud de protección pendiente en territorio ecuatoriano.
- Marco Legal: Ambas partes se comprometen a ajustarse a sus obligaciones internacionales, incluyendo la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y la Convención contra la Tortura.
- Exclusiones: Estados Unidos no trasladará a menores no acompañados.
- Implementación y Financiamiento: La aplicación dependerá de la disponibilidad de fondos y capacidad técnica, y el documento aclara que no genera compromisos de financiamiento por parte de EE. UU.
- Entrada en Vigor: El acuerdo solo entrará en vigor en la fecha de la respuesta del Gobierno de Ecuador aceptando formalmente la propuesta.
Al cierre de la nota, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de Ecuador aún no había emitido un pronunciamiento oficial sobre la propuesta.








