mayo 31, 2025 | Actualizado ECT
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¿Es posible retirar los fondos de reserva del IESS antes de tiempo en Ecuador?

Condiciones específicas permiten a afiliados acceder a estos ahorros, pero con requisitos estrictos.

Escrito por Abel Cano

mayo 13, 2025 | 07:05 ECT

Los fondos de reserva del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) son un beneficio para trabajadores afiliados bajo relación de dependencia que han laborado más de un año con el mismo empleador. Equivalen al 8,33% de la remuneración mensual y pueden recibirse mensualmente o acumularse en una cuenta individual en el IESS. Sin embargo, muchos afiliados se preguntan si es posible retirar estos ahorros antes de cumplir ciertos plazos o condiciones establecidas, y la respuesta depende de circunstancias específicas definidas por la normativa vigente.

Para retirar los fondos de reserva antes de tiempo, los afiliados activos deben haber acumulado al menos 36 aportaciones mensuales (tres años) de fondos de reserva. Además, no deben tener préstamos quirografarios vigentes ni deudas en mora con el IESS o el Biess, y es obligatorio contar con una cuenta bancaria registrada y validada en el sistema del IESS. Para los afiliados cesantes, el retiro es posible tras 60 días de desempleo, siempre que cumplan con los demás requisitos. Los jubilados o afiliados mayores de 60 años con valores disponibles pueden retirar los fondos en cualquier momento, sin necesidad de un mínimo de aportaciones.

El trámite para solicitar el retiro es completamente en línea a través del portal www.iess.gob.ec. Los afiliados deben ingresar con su cédula y clave, seleccionar la opción “Trámites Virtuales”, luego “Afiliados” y “Fondos de Reserva”, y finalmente elegir “Solicitud Devolución Fondo de Reserva”. El IESS acredita los valores en un plazo de tres días laborables a partir del día siguiente de la solicitud. Es importante que los solicitantes verifiquen su historial laboral y aseguren que no existen obligaciones pendientes, ya que estas pueden bloquear el proceso.

En casos excepcionales, como el fallecimiento de un afiliado, los fondos de reserva pueden ser retirados por el cónyuge, conviviente, hijos menores de 18 años o incapacitados, o los padres si el afiliado era soltero. Este trámite requiere documentación específica, como la partida de defunción y certificados bancarios, y debe realizarse en los centros de atención del IESS. La posibilidad de retirar los fondos de reserva antes de tiempo, aunque limitada por requisitos estrictos, ofrece una alternativa de liquidez para afiliados en situaciones específicas, pero requiere planificación y cumplimiento riguroso de las normativas del IESS.

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