El presidente Daniel Noboa firmó el 21 de mayo de 2025 el Decreto Ejecutivo 636, reformando el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública para acelerar la compra de vacunas e insumos médicos. La reforma, propuesta por el Ministerio de Salud Pública (MSP), modifica el artículo 184, permitiendo adquisiciones directas mediante convenios con el Fondo Rotatorio de la OPS/OMS, otros Estados, organismos internacionales o empresas públicas calificadas. Esto busca garantizar un abastecimiento oportuno frente a emergencias sanitarias o escasez internacional, como los brotes de tos ferina y fiebre amarilla.
El artículo 236 también fue ajustado, aclarando que la declaratoria de emergencia en contratación pública no requiere un estado de excepción o emergencia sanitaria previa. Cada entidad contratante debe emitir su propia declaratoria, publicada por el Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP), que validó la reforma. En compras internacionales, se exime a las entidades de verificar la producción nacional, priorizando la rapidez y calidad de los productos, siempre que cumplan con estándares de inocuidad, seguridad y eficacia. Estas medidas responden a la necesidad de fortalecer el sistema de salud ante crisis, según el MSP.
La reforma se enmarca en esfuerzos previos del gobierno ecuatoriano para mejorar el acceso a insumos médicos, como la donación de un millón de dosis de vacunas Pfizer por Estados Unidos en 2021 y el fideicomiso del Comité Empresarial Ecuatoriano para financiar vacunas contra el COVID-19. Sin embargo, la confidencialidad en contratos de vacunas ha generado controversias históricas, como en 2021, cuando se cuestionaron cláusulas de responsabilidad de farmacéuticas. Esta reforma busca mayor transparencia y agilidad, aunque persisten retos logísticos y críticas por la falta de personal médico especializado, según expertos.