Con el inicio del nuevo año, los trabajadores bajo relación de dependencia en Ecuador comienzan el conteo regresivo para recibir el décimo cuarto sueldo, también conocido como bono escolar. Este beneficio, creado originalmente en 1968 para aliviar los gastos del ciclo educativo, representa un alivio financiero clave para las familias. A diferencia del décimo tercer sueldo (que se paga en diciembre), esta remuneración consiste en un Salario Básico Unificado (SBU) completo, que para este 2026 se ha fijado en 482 dólares.
Fechas y plazos por regiones
Debido a que el bono está vinculado al calendario escolar, las fechas de pago varían según la ubicación geográfica del trabajador:
- Régimen Costa e Insular (Galápagos): El plazo máximo de pago es el 15 de marzo. El periodo de cálculo para quienes reciben el monto completo va desde el 1 de marzo del año anterior hasta el último día de febrero del año en curso.
- Régimen Sierra y Amazonía: Los empleadores tienen hasta el 15 de agosto para realizar el depósito. El periodo de cálculo comprende desde el 1 de agosto del año anterior hasta el 31 de julio del presente año.
¿Cómo se calcula si no trabajé el año completo?
Si el empleado no ha cumplido el año de servicio o decide renunciar antes de la fecha de pago, tiene derecho a recibir un proporcional por el tiempo laborado.
Ejemplo de cálculo proporcional:
Si un trabajador laboró exactamente seis meses, recibirá la mitad del salario básico actual:
482 / 2 = 241
El monto final será de 241 dólares.
Obligaciones del empleador
Es fundamental que los trabajadores verifiquen si han solicitado la mensualización de sus décimos. De no existir una solicitud por escrito para recibirlo de forma mensual, el empleador está obligado a pagar el monto total en una sola exhibición antes de las fechas límite mencionadas. El incumplimiento de este pago puede derivar en multas por parte del Ministerio del Trabajo, entidad encargada de supervisar que los 482 dólares lleguen de forma íntegra a los beneficiarios.








