El presidente Daniel Noboa emitió el Decreto Ejecutivo n.º 155, en respuesta a las observaciones de la Corte Constitucional (CC), para avanzar con el proceso de una consulta popular sobre la instalación de una Asamblea Constituyente. Este ajuste fue necesario después de que la CC objetara 13 considerandos y los artículos 4 y 5 del estatuto original, aunque avaló la pregunta principal del referéndum.
La composición de la nueva Constituyente
Para cumplir con el dictamen, el presidente Noboa eliminó los 13 considerandos señalados y sustituyó los dos artículos objetados. El nuevo decreto establece que la Asamblea Constituyente estará compuesta por 80 miembros: 24 elegidos en una circunscripción nacional, 50 por las 24 provincias (uno por cada 471.000 habitantes) y 6 por las circunscripciones en el exterior. La elección se realizará mediante listas cerradas y con el sistema D’Hondt para la adjudicación de escaños. El Consejo Nacional Electoral (CNE) solo podrá continuar con el proceso si la CC ratifica que las reformas cumplen con las observaciones. De ser así, la consulta popular se realizaría el 16 de noviembre.