mayo 30, 2025 | Actualizado ECT
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Nuevo plazo para liquidaciones laborales en Ecuador

Empleadores deben registrar actas de finiquito en 15 días y pagar en un máximo de 30 días.

Escrito por Abel Cano

mayo 28, 2025 | 05:00 ECT

El Ministerio del Trabajo de Ecuador ha establecido nuevos plazos para el pago de liquidaciones a extrabajadores, según el acuerdo ministerial MDT-2025-053, firmado el 12 de mayo de 2025. Los empleadores ahora tienen 15 días para registrar las actas de finiquito tras la finalización de la relación laboral y un máximo de 30 días para realizar los pagos correspondientes. Esta medida, publicada en el Registro Oficial el 15 de mayo, busca agilizar los procesos y garantizar los derechos de los trabajadores.

El acuerdo detalla que las actas de finiquito deben estar firmadas por ambas partes y cargadas en formato PDF en la plataforma del Ministerio, junto con el comprobante de pago. En casos donde el extrabajador no cobre o se niegue a recibir la liquidación, el empleador debe consignar los valores en línea dentro de los 15 días posteriores al plazo inicial, completando un máximo de 30 días. Este procedimiento incluye cargar documentos como roles de pago de los últimos tres meses y justificativos de descuentos, si los hubiera.

La normativa también establece que los empleadores son responsables de conservar tanto en formato físico como digital las actas de finiquito y los comprobantes de pago. Esta obligación busca garantizar la transparencia y disponibilidad de la documentación para futuras verificaciones. Además, los empleadores deben proporcionar a los extrabajadores todos los documentos relacionados con la relación laboral, en original o copias certificadas, para facilitar cualquier trámite o reclamo.

En caso de incumplimiento, los trabajadores pueden presentar denuncias ante el Ministerio del Trabajo, que podría derivar en sanciones para los empleadores. La abogada laboral Vanessa Velásquez destacó que, aunque la reducción de plazos agiliza los pagos, persisten desafíos, como la falta de exigencia estricta por parte de los inspectores en casos donde el trabajador no se presenta a cobrar. Esto podría generar demoras en la consignación de los valores.

Estos cambios, vigentes desde el 15 de mayo de 2025, reflejan el esfuerzo del Ministerio por optimizar los procesos de liquidación laboral. Sin embargo, expertos sugieren que se necesita mayor claridad en la implementación para evitar conflictos entre empleadores y extrabajadores, especialmente en casos de desacuerdo sobre los montos de las liquidaciones.

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