El gobierno de Estados Unidos mantiene en vigencia el programa de libertad condicional humanitaria, conocido como parole, para extranjeros que buscan ingresar al país temporalmente por motivos de urgencia o interés público significativo. Esta política es gestionada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), y a partir del inicio de 2025 ha publicado nuevas aclaraciones sobre elegibilidad, documentación y el alcance del trámite en su sitio oficial. La esencia del parole radica en su carácter estrictamente temporal; las autoridades enfatizan que no constituye una vía legal de inmigración permanente ni de residencia automática, y solo se otorga bajo circunstancias extraordinarias y excepcionales.
El USCIS es enfático en que la libertad condicional se proporciona solo en situaciones donde existan “razones humanitarias urgentes o exista un beneficio público considerable”. La elegibilidad se restringe estrictamente a quienes se encuentran fuera del territorio estadounidense y pueden presentar evidencia sustancial que acredite la necesidad urgente de su caso. Esto excluye explícitamente a quienes ya están dentro del país. Además, el parole no aplica a personas que buscan salir y reingresar (advance parole), ni a quienes tienen alternativas legales disponibles, como la solicitud de una visa consular. También se rechazan solicitudes si existe evidencia de riesgo para la seguridad nacional o antecedentes penales no justificados, priorizando la protección del orden público y la integridad del sistema migratorio.
El proceso de solicitud exige el cumplimiento riguroso de varios requisitos formales. Los interesados deben presentar el Formulario I-131 (Solicitud de Documento de Viaje), junto con la tarifa oficial correspondiente, aunque se puede solicitar una exención de pago con el Formulario I-912. Un paso fundamental es la presentación del Formulario I-134 (Declaración de Apoyo Financiero), donde se debe acreditar que el solicitante contará con los medios económicos para solventar sus gastos durante el tiempo de permanencia autorizada. El expediente debe incluir una explicación fundada y pruebas documentales de la situación humanitaria o el interés público que justifique la entrada, y toda la documentación es revisada bajo criterios de estricta justificación y congruencia institucional. El USCIS recuerda que la aprobación requiere que el beneficio al interés general de la nación supere al beneficio meramente individual del solicitante.