En Ecuador, donde el 64,2 % de las personas mayores de 15 años tienen cuentas bancarias, la muerte del titular implica un proceso legal para que los familiares accedan a los fondos. Las entidades financieras exigen documentos como el certificado de defunción y, para montos elevados, la posesión efectiva que identifica a los herederos legales.
Por ejemplo, en Banco Guayaquil, para saldos de hasta $500, se requiere el certificado de defunción, cédulas de herederos, una carta de autorización y el comprobante de pago del impuesto a la herencia. Para montos mayores, se suma la escritura de posesión efectiva. Banco Pichincha solicita similares documentos, incluyendo una carta firmada por todos los herederos, y el trámite debe realizarse presencialmente.
Los herederos asumen tanto los bienes como las deudas del fallecido, por lo que se recomienda contratar seguros de desgravamen. Si nadie reclama los fondos, estos pasan a la Cuenta Única del Tesoro Nacional tras cinco a diez años de inactividad, según el Código Orgánico Monetario y Financiero.