El juicio de coactiva se consolida como un proceso judicial de corta duración diseñado específicamente para que las instituciones, principalmente bancarias, logren el cobro de deudas acumuladas. Esta medida se ejecuta cuando un deudor ha incumplido con sus obligaciones financieras en los plazos establecidos y se han agotado todas las instancias de mediación o cobro preventivo. A diferencia de otros procesos legales, la coactiva tiene una naturaleza expedita, con una duración mínima de un mes y un límite máximo de tres meses para su resolución.
Una vez que se inicia el proceso y se notifica al Registro de la Propiedad, el juicio puede derivar en tres acciones contundentes para garantizar el pago de lo adeudado: la pérdida de bienes materiales, el cobro mediante el dinero depositado en cuentas bancarias o el congelamiento total de los activos financieros del demandado. Estas medidas buscan asegurar que la entidad recupere los haberes pendientes de forma efectiva y bajo el amparo de la normativa vigente.
Para que los ciudadanos puedan verificar si mantienen un proceso de este tipo en su contra, el Consejo de la Judicatura dispone de herramientas digitales de consulta. A través del portal oficial de la Función Judicial, es posible rastrear el estado de estas causas ingresando a la sección de “Causas o Citaciones”. El sistema permite realizar la búsqueda mediante el número del proceso judicial o, en su defecto, utilizando el número de cédula o los nombres completos tanto de la parte demandante como de la demandada.








