Un Tribunal de Garantías Penales declaró culpable al guía penitenciario Jeyson Adán A. M. por el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en mediana escala. La Fiscalía General del Estado demostró que el procesado intentó ingresar sustancias estupefacientes al centro de rehabilitación social de Cotopaxi, instalación estatal donde prestaba sus servicios como custodio. Como parte de la condena impuesta, el sentenciado deberá pagar una multa equivalente a 12 salarios básicos unificados, lo que representa una suma de 5784 dólares.
Los hechos se registraron el 2 de septiembre de 2025, cuando el funcionario logró superar el primer filtro de control de la cárcel. No obstante, al someterse a una segunda inspección rutinaria a cargo de la Policía Nacional, los agentes de control detectaron una anomalía en su vestimenta. Durante este procedimiento minucioso, los uniformados hallaron 28 gramos de clorhidrato de cocaína ocultos dentro de una envoltura de papel de aluminio, lo que motivó su detención inmediata en delito flagrante antes de que pudiera distribuir el cargamento.
La causa judicial se tramitó bajo lo establecido en el artículo 220 del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona el tráfico de sustancias prohibidas. Para dictar la condena, los jueces valoraron un conjunto de pruebas presentadas por la Fiscalía, que incluyó los informes del operativo de captura, el acta de pesaje oficial y los resultados de los análisis químicos de laboratorio practicados a la sustancia incautada.








