El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó reformas a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, incorporando a los scooters y motocicletas eléctricas dentro de las regulaciones nacionales de micromovilidad. La legislación establece que estos vehículos de transporte personal serán clasificados por la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) según su peso, potencia, tamaño y velocidad, fijando límites de circulación, equipamiento obligatorio de seguridad y prohibiendo estrictamente su desplazamiento por la red vial estatal, vías perimetrales y aceras peatonales.
La medida responde a crecientes reclamos ciudadanos en Guayaquil por incidentes registrados en zonas de intenso movimiento comercial y escolar, como la Bahía y el centro de la urbe. Peatones y conductores locales denunciaron el uso irresponsable de estas unidades para el traslado de mercadería pesada por veredas y pasillos, así como la sobrecarga de pasajeros sin casco de protección en avenidas concurridas, factores que incrementan el riesgo de atropellos y siniestros viales en sectores vulnerables.
Ante el nuevo marco normativo, el Concejo Municipal de Guayaquil deberá reformar sus ordenanzas locales para tipificar las infracciones e incorporar esquemas de sanción que permitan actuar a los agentes de control. Las autoridades locales precisaron que esperarán la emisión de la normativa técnica de la ANT para definir si estos vehículos podrán utilizar la infraestructura de ciclovías existente o si se habilitarán espacios específicos, además de evaluar la implementación de registros de identificación para sus propietarios.








