mayo 28, 2025 | Actualizado ECT
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Sistema de salud pública obstaculiza derecho a la eutanasia en Ecuador, alertan juristas

Falta de protocolos y comités retrasa aplicación de la eutanasia, despenalizada desde 2024.

Escrito por Abel Cano

mayo 16, 2025 | 08:00 ECT

La despenalización de la eutanasia en Ecuador, lograda en febrero de 2024 tras la demanda de Paola Roldán ante la Corte Constitucional (CC), enfrenta obstáculos para su implementación, según juristas. Daniela Castro Macías, especialista en derecho procesal, señaló que el sistema de salud pública no está facilitando el ejercicio de este derecho, pese a la existencia de un reglamento emitido por el Ministerio de Salud Pública (MSP) en abril de 2024.

Castro, quien ha recibido solicitudes de asesoramiento, destacó que los hospitales carecen de comités interdisciplinarios completos y protocolos específicos, lo que obliga a recurrir a guías europeas. El reglamento del MSP exige un comité con tres médicos especialistas, un psicólogo, un psiquiatra, un abogado, un trabajador social, un bioeticista y un representante de la sociedad civil, pero su conformación es lenta. Además, requiere un informe médico con diagnóstico de enfermedad grave e incurable, y para la eutanasia avoluntaria, documentos notariados de voluntades anticipadas.

El primer caso de eutanasia, aplicado el 8 de mayo de 2025 en Guayaquil a una paciente oncológica, evidenció estas dificultades. La solicitud, presentada al MSP en septiembre de 2024, requirió una medida cautelar para agilizarse, ya que el hospital Teodoro Maldonado Carbo (IESS) no tenía el comité completo. La CC ordenó en 2024 que la Defensoría del Pueblo presente un proyecto de ley en seis meses, entregado el 26 de agosto a la Asamblea Nacional. Sin embargo, la legislatura saliente no lo tramitó, dejando su discusión a la nueva Asamblea instalada en mayo de 2025.

Juristas como Castro urgen respuestas rápidas del sistema de salud, dado el carácter prioritario de estas solicitudes. La sentencia de la CC, con siete votos a favor, despenalizó la eutanasia al declarar inconstitucional el artículo 144 del COIP (homicidio simple) en casos de enfermedades graves, pero la falta de infraestructura y normativa clara sigue limitando su acceso, frustrando el derecho a una muerte digna para pacientes en sufrimiento extremo.

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