La Audiencia Nacional de España estimó el recurso presentado por la artista Shakira, anulando las liquidaciones y sanciones que la Agencia Tributaria le había aplicado respecto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Impuesto sobre el Patrimonio del ejercicio fiscal 2011. El fallo judicial determina que la administración española no logró demostrar que la cantante hubiera permanecido en el país más de 183 días, el mínimo exigido por la ley para ser considerada residente fiscal, situando su estancia real en 163 días. Asimismo, el tribunal descartó los argumentos de la entidad tributaria sobre sus supuestos vínculos en el país, señalando que en ese año no existía un vínculo conyugal ni hijos menores con el exfutbolista Gerard Piqué que configuraran un núcleo familiar legal.
La resolución de este caso, tramitado por la vía administrativa, representa la última cuenta pendiente de la intérprete con el fisco español tras ocho años de disputas legales. Aunque la cantidad inicialmente reclamada rondaba los 55 millones de euros, el equipo legal de la cantante calcula que el monto total a devolver por parte de Hacienda superará los 60 millones de euros al incorporar los intereses acumulados y el pago de las costas judiciales. Pese a que fuentes de la Agencia Tributaria anunciaron que recurrirán la sentencia ante el Tribunal Supremo, este dictamen se suma al reciente archivo de otra causa penal por presunto fraude en 2018, dejando como único antecedente el acuerdo de conformidad que la artista aceptó previamente por los periodos entre 2012 y 2014.








