RTV Revisión Técnica Vehicular 8
julio 6, 2026 | Actualizado ECT
julio 6, 2026 | Actualizado ECT

CNE reforma reglamento para permitir el voto de militares y policías en sus recintos asignados

La normativa de cara a las elecciones seccionales de noviembre establece los mecanismos de registro en el padrón y mantiene la prohibición de portar armas al momento de sufragar.

Escrito por Abel Cano

julio 6, 2026 | 11:14 ECT

Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional de Ecuador en servicio activo que brinden seguridad durante las elecciones seccionales del veintinueve de noviembre de dos mil veintiséis podrán ejercer su derecho al voto en los mismos recintos electorales donde cumplan sus funciones. Así lo determinan las reformas al reglamento emitidas por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y publicadas en el Registro Oficial, las cuales normarán la jornada en la que la ciudadanía elegirá a prefectos, alcaldes, concejales, vocales parroquiales y representantes al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). La disposición señala que los uniformados asignados a la custodia interna o externa de los centros de votación sufragarán en las juntas receptoras del voto de dicho lugar, mientras que quienes no tengan asignaciones específicas lo harán en las juntas más cercanas a su ubicación física ese día.

Para viabilizar este procedimiento técnico y evitar alteraciones en el ausentismo, el reglamento dispone que los padrones electorales físicos incluyan cuatro espacios en blanco al final, diseñados de forma exclusiva para registrar manualmente a los militares y policías que acudan bajo esta modalidad. Los miembros de la junta receptora deberán verificar la cédula de identidad y retirar la credencial de votación institucional entregada previamente por el CNE para adherirla al padrón, procediendo luego a llenar de forma manual un certificado de votación adicional para el sufragante. Al concluir la jornada democrática, todas las credenciales que no hayan sido utilizadas perderán vigencia de forma inmediata y deberán ser devueltas a las delegaciones provinciales correspondientes para su posterior archivo.

El nuevo marco regulatorio ratifica, asimismo, un estricto esquema de restricciones para el personal uniformado con el fin de preservar la neutralidad de las fuerzas del orden. Al momento de ejercer el voto, los efectivos tendrán la prohibición obligatoria de portar sus armas de dotación, debiendo delegarlas de forma temporal en los espacios de custodia interna asignados dentro del recinto. De igual manera, la normativa mantiene la prohibición absoluta para que los miembros en servicio activo participen en actividades proselitistas o campañas políticas tanto dentro como fuera de los recintos, impidiéndoles además actuar como candidatos, integrar las mesas de votación como vocales o instalar juntas receptoras del voto dentro de cuarteles o dependencias militares y policiales.

Si está interesado en licenciar este contenido contáctese con [email protected]