La Aeronáutica Civil de Colombia implementó nuevas disposiciones obligatorias para el transporte de baterías de ion-litio y bancos de energía (power banks) en aeronaves, con el fin de fortalecer la seguridad operacional. Esta actualización, que entró en vigencia a finales de marzo de 2026, se basa en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) para el periodo 2025-2026. Bajo estas normativas, queda terminantemente prohibido llevar estos dispositivos en el equipaje facturado o de bodega; su transporte debe realizarse exclusivamente en el equipaje de mano bajo estrictas condiciones de protección individual para evitar cortocircuitos.
Las directrices limitan a cada pasajero a un máximo de dos unidades de repuesto, las cuales no deberían utilizarse para cargar dispositivos electrónicos mientras se esté a bordo. En cuanto a la capacidad, las baterías de hasta 100 Wh pueden transportarse de forma habitual, pero aquellas que superen este límite (hasta 160 Wh) requieren la aprobación previa de la aerolínea. La autoridad aeronáutica ha instado a todas las compañías aéreas y operadores de aeropuertos a actualizar de inmediato sus manuales de instrucción y procedimientos operativos para garantizar el cumplimiento de estas medidas preventivas en todo el territorio colombiano.
Resumen de las nuevas reglas:
- Ubicación: Únicamente en equipaje de mano (prohibido en bodega).
- Cantidad: Máximo 2 unidades por pasajero.
- Restricción de uso: No se deben usar para cargar otros equipos durante el vuelo.
- Capacidad:
- Menos de 100 Wh: Permitido habitualmente.
- Entre 100 Wh y 160 Wh: Requiere permiso de la aerolínea.
- Protección: Cada unidad debe estar protegida individualmente para evitar activaciones accidentales.








