El Consejo de la Judicatura (CJ) se encuentra ejecutando el proceso para la selección y designación de 222 jueces temporales destinados a unidades judiciales de primer nivel, tribunales contenciosos administrativos y tribunales contenciosos tributarios a escala nacional. La iniciativa toma impulso tras la aprobación de la metodología correspondiente por parte del pleno del organismo el pasado 30 de julio, luego de haber declarado la emergencia en la Función Judicial el 14 de julio. Ante las críticas del sector público que tildan a estos magistrados de “jueces golondrina”, la presidenta del CJ, Mercedes Caicedo, rechazó la caracterización y argumentó que se trata de un mecanismo excepcional para evitar el desabastecimiento de justicia, asegurando que la temporalidad no responderá a la discrecionalidad ni a la improvisación.
El proceso de postulación establece requisitos diferenciados según la instancia. Para las unidades de primer nivel, la convocatoria interna se dirige a secretarios, oficiales mayores, ayudantes judiciales y amanuenses que sumen al menos cinco años de permanencia en la Función Judicial, incluyendo a personal con contratos ocasionales. En el caso de los tribunales contenciosos, la postulación se limita a jueces titulares de primer nivel. El reglamento excluye taxativamente a funcionarios con sanciones disciplinarias por faltas graves o gravísimas y exige una declaración juramentada de no registrar inhabilidades. El procedimiento consta de tres fases (previa, selección y designación) y evalúa a los aspirantes sobre un total de 100 puntos, divididos en partes iguales entre formación académica y experiencia profesional. Asimismo, la normativa prevé que el pleno del CJ o las direcciones provinciales puedan disponer motivadamente la terminación de la temporalidad por necesidades institucionales.
La metodología aprobada ha generado diversos análisis y reparos entre juristas y representantes del gremio judicial. Alexander Barahona, vocero de la Asociación Ecuatoriana de Magistrados y Jueces (Aemaj), señaló la falta de precisión respecto al periodo exacto que durará el encargo temporal y cuestionó la inclusión de personal con contratos ocasionales por sobre aquellos con nombramientos definitivos o provisionales, además de extrañar criterios sobre especialidad temática y evaluación continua. Por su parte, el constitucionalista Ismael Quintana advirtió que la designación sin concurso de méritos vulnera mandatos constitucionales y crea magistrados vulnerables a presiones e injerencias externas. Coincidiendo con esta postura de cautela, la exfiscal general Diana Salazar enfatizó la necesidad de una selección rigurosa para no comprometer la probidad del sistema, destacando que la resolución de la crisis judicial requiere tanto de la emergencia actual como de una estrategia institucional decidida por parte de las autoridades.








