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agosto 6, 2026 | Actualizado ECT
agosto 6, 2026 | Actualizado ECT

Gobierno reforma el reglamento de Propiedad Horizontal para acelerar el cobro de alícuotas

La normativa faculta restringir bienes comunes a deudores y otorga fuerza ejecutiva a las liquidaciones

Escrito por Abel Cano

agosto 6, 2026 | 08:22 ECT

El presidente Daniel Noboa suscribió el Decreto Ejecutivo 462 para reformar el Reglamento General de la Ley de Propiedad Horizontal, normativa vigente desde 1999. El objetivo central de la actualización es reducir los vacíos legales y mitigar los frecuentes conflictos entre administradores y propietarios en conjuntos habitacionales del país. Con estos cambios, la norma define con mayor precisión las obligaciones de la administración, los límites de las restricciones para morosos y los mecanismos para gestionar la cartera vencida.

Entre las principales disposiciones consta que, a partir de dos expensas impagas, la administración iniciará un requerimiento formal que podrá derivar en una liquidación con carácter de título ejecutivo, lo que agilizará el proceso judicial para recuperar valores sin acumular deudas por años. Asimismo, se faculta la suspensión temporal de bienes o servicios comunales no indispensables como gimnasios, piscinas o salones sociales. Sin embargo, juristas aclaran que bajo ninguna circunstancia se podrá impedir el libre acceso del copropietario a su vivienda.

Por otro lado, el reglamento exige un rol más activo y profesional a los administradores, a quienes obliga a rendir cuentas periódicas sobre la recuperación de valores. Del mismo modo, la norma prohíbe prácticas que vulneren la privacidad de los residentes, estableciendo que las notificaciones de cobro deben realizarse por canales privados autorizados y no mediante listas exhibidas en carteleras o espacios comunes.

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