La Asamblea Nacional sesiona este miércoles 29 de julio para tramitar el proyecto de Ley Orgánica de Reproducción Humana Asistida, iniciativa enfocada en establecer el primer marco regulatorio integral para las técnicas de fertilidad en Ecuador. El informe para segundo debate prioriza la protección del interés superior del niño, la seguridad jurídica familiar y el marco bioético de los procedimientos. La propuesta plantea una fórmula inclusiva al reconocer a las organizaciones familiares en sus diversos tipos, lo que abre el debate legislativo sobre la cobertura a parejas homoparentales y el alcance de la crioconservación en menores bajo recomendación médica.
El articulado autoriza métodos como la inseminación artificial, la fecundación in vitro y la crioconservación de gametos, mientras mantiene prohibiciones expresas sobre la clonación, la reproducción post mortem y la gestación subrogada o vientre de alquiler para evitar la explotación humana. Para acceder a estos tratamientos, los solicitantes deberán ser mayores de edad, ciudadanos ecuatorianos o residentes permanentes con consentimiento informado. Asimismo, la normativa prohíbe la selección embrionaria basada en rasgos físicos o sexo, salvo en casos diagnosticados de riesgo por enfermedades genéticas graves.
Adicionalmente, la ley garantiza el derecho a la identidad, nacionalidad y salud de los niños concebidos mediante estas técnicas, prohibiendo al Registro Civil cualquier tipo de discriminación en las inscripciones de nacimiento. Respecto a la donación de gametos, se establece que será de carácter voluntario y confidencial, con compensaciones económicas destinadas únicamente a cubrir gastos del proceso. La Autoridad Sanitaria Nacional supervisará la gestión a través de un Registro Nacional y la creación de un Consejo Consultivo especializado para dictaminar directrices técnicas y éticas en el país.








