El tribunal de Apelación de París dictó una sentencia condenatoria contra el fabricante aeronáutico Airbus y la aerolínea Air France, imponiendo una multa de 225000 euros a cada corporación bajo el cargo de homicidio involuntario. El dictamen judicial establece la responsabilidad de ambas empresas en la tragedia del 1 de junio de 2009, cuando el vuelo que cubría la ruta entre Río de Janeiro y París se precipitó al océano Atlántico, cobrando la vida de las 228 personas que viajaban a bordo. Esta resolución revierte el polémico fallo de primera instancia emitido en abril de 2023, el cual había absuelto penalmente a las compañías generando la indignación de los familiares de las víctimas.
La magistrada a cargo de la lectura del fallo determinó que ambas multinacionales incurrieron en negligencias graves al no adoptar las medidas de seguridad necesarias para evitar el siniestro, considerado uno de los peores episodios en la historia de la aviación comercial moderna. La investigación ratificó que el accidente se desencadenó debido a la congelación de los dispositivos de navegación técnica del aparato en una zona de inestabilidad meteorológica, lo que provocó que los pilotos recibieran lecturas de velocidad erróneas en sus pantallas de control. En los argumentos condenatorios se especificó que Airbus falló en proveer un sistema con plenas garantías de protección técnica, mientras que Air France fue hallada culpable por no capacitar adecuadamente a su personal para reaccionar ante este escenario de emergencia.








